Información práctica sobre cómo registrar una compañía en Guinea Ecuatorial

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La legislación mercantil en materia de creación de sociedades establece que toda empresa debe contar con un socio local guineano que posea un mínimo del 35% de las acciones de la nueva empresa.

El tiempo que se tarda en realizar todos los trámites de creación según la administración es de unos 15 días aproximadamente, pero la experiencia practica indica que no se cumplen los plazos y los tramites se pueden alargar durante meses, 187 días según el Informe Doing Businnes 2016 para Guinea Ecuatorial.

Documentación y condiciones para crear una empresa en .

1) Instancia dirigida al primer Ministro, Jefe de Gobierno. Vale 2.000 F.CFA y se recoge en el Ministerio.
2) Fotocopia de Documento de Identidad Personal (DIP) del representante guineano y 2 copias del pasaporte del extranjero. Una compulsada por Notario y otra no compulsada.
3) Cédula personal actualizada. Justificantes de donde se tiene la residencia habitual algún contrato de luz agua, o gas actualizado y algún contrato copia, de que se tiene una vivienda en alquiler o en propiedad.
4) Copia autorizada del notario.
5) Certificado bancario (Cuenta en Guinea Ecuatorial).
6) Certificado de solvencia tributaria. Carta de recomendación de su banco.
7) Plan de inversión o estudio de viabilidad de la empresa.
8 Certificado de la caja autónoma.
9) Teléfono de contacto dar varios teléfonos de contacto.
10) certificado de antecedentes penales.

Fiscalidad .

Los principales impuestos se recogen en el Código General de Impuestos de Guinea Ecuatorial. Los gravámenes son similares a los de la región; así el impuesto de sociedades es del 35%, el porcentaje del IRPF varía entre el 10 y el 35% y el tipo general del IVA es del 15%.

  • Impuesto sobre la renta de las personas físicas.
  • Impuesto sobre sociedades.
  • Impuesto sobre el consumo o valor añadido (IVA).
  • Otros impuestos y tasas.

1. Resumen de la imposición sobre la renta de las personas físicas.

El Impuesto sobre la Renta de Personas Físicas es un tributo de carácter general, directo, personal, periódico y progresivo que grava los ingresos globales netos de las personas físicas obtenidos de diversas rentas en Guinea Ecuatorial.

En el caso de personas residentes en el país, grava su renta mundial; en el caso de no residentes, grava los ingresos obtenidos en Guinea Ecuatorial. Se considera residente cualquier persona que resida y opere en Guinea Ecuatorial más de 3 meses en un año natural o seis meses en dos años. Ausencias de menos de 30 días no se toman en cuenta en el cómputo del período de residencia.

El tipo impositivo aplicado depende de los siguientes tramos:

Renta anual imponible Gravamen
De 0 a 1 millón exento
De 1 a 3 M 10%
De 3 a 5 M 15%
De 5 a 10 M 20%
De 10 a 15 M 25%
De 15 a 20 M 30%
Más de 20 M 35%

Mas información en : Impuesto sobre la Renta de Personas Físicas en Guinea Ecuatorial

2. Resumen de la imposición sobre sociedades.

El impuesto sobre sociedades es un tributo de carácter general, directo, personal, periódico y proporcional que grava los beneficios o rentas globales netas de las personas jurídicas obtenidas en una explotación o en operaciones de carácter lucrativo, aplicándose un tipo del 35%.

Antes de presentar la Declaración Estadística y , todas las nacionales y extranjeras están sujetas además al pago de una Cuota Mínima Fiscal del 3% de su facturación. Se paga antes del final del mes de marzo de cada año. La copia del comprobante de pago, expedida por la Tesorería General del Estado, se adjunta obligatoriamente a la Declaración Estadística y Fiscal. El monto de la Cuota Mínima Fiscal será deducido de la cuota resultante del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

Mas información en : Impuesto de sociedades en Guinea Ecuatorial

3. Resumen de la imposición sobre el consumo (IVA).

El Impuesto sobre el valor añadido (IVA) está armonizado con el resto de países miembros de la , según la directiva TVA et droits d´accises, de 17 de diciembre, 1999. Son objeto de impuesto la venta o cesión onerosa de bienes, las prestaciones de servicios, el autoconsumo de bienes y servicios, las operaciones realizadas por personas físicas o jurídicas en su actividad empresarial, profesional e individual, incluidas las extractivas de toda clase y las importaciones de bienes.

El tipo de gravamen general es del 15%, aunque se verá reducido al 6% en el caso de productos básicos listados en el Anexo II de la ley 4/2004.

Mas información en : Impuesto sobre el consumo (IVA) en Guinea Ecuatorial

4. Otros impuestos y tasas.

Existen una pluralidad de tasas reguladas por la Ley de Tasas 2/2007 de 16 de mayo. Además de las anteriores, otros impuestos a destacar son:

4.1. Derecho Especial
4.2. El Impuesto sobre personas físicas
4.3. El impuesto de transmisiones patrimoniales “inter vivos”
4.4. El impuesto sobre actos jurídicos documentados
4.5. El Impuesto sobre sucesiones “mortis causa” y donaciones
4.6. Impuesto sobre Tenencia y Disfrute de Vehículos y Embarcaciones
4.7. Contribuciones rústica y urbana
4.8. Regalía sobre la producción petrolera (Royalties)

Mas información en : Impuestos y tasas especiales de Guinea Ecuatorial

Tratamiento fiscal de la .

Los inversores extranjeros podrán transferir al exterior los beneficios líquidos y realizados provenientes de sus inversiones, así como repatriar su inversión. El Estado guineano no exige una tasa ni impuesto por los capitales enviados fuera del país, aunque cuando se trata del pago de dividendos, hay que tener en cuenta lo dispuesto en el artículo 237 de la Ley Tributaria que establece que las rentas del capital mobiliario, cuando benefician a personas físicas o jurídicas que no tienen domicilio habitual o su sede en Guinea Ecuatorial, están sujetas a un gravamen liberatorio del 25% en concepto de IRPF. Asimismo, las entidades no residentes están sujetas a una retención del 10% sobre los intereses recibidos, ingresos por derechos de autor y los honorarios técnicos por servicios realizados.

Las empresas mineras extractivas y las dedicadas a exploración y explotación de se regirán por la ley especial de la materia.

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