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La Oficina Nacional de Registro de Contratos se crea mediante Orden Ministerial núm. 4/2020 de fecha 29 de octubre, como unidad administrativa, encargada de desarrollar una base de datos única de todos los contratos celebrados por los Órganos de la Administración General del Estado, velar por su conocimiento y control y reportar sobre las incidencias que origine su cumplimiento.
Asimismo, la Oficina de Registro de Contratos viene a poner en cumplimiento de las obligaciones subregionales en materia fiscal, de responder a la necesidad de que los operadores económicos del sector privado, que importen bienes y servicios registren sus contratos ante la administración fiscal en virtud de la instrucción emitida por el Banco de los Estados de África Central (BEAC).
Se trata de un sistema de información sobre la contratación pública, mediante la inscripción de todos los contratos adjudicados por los órganos de la administración pública, y que permite un pleno seguimiento de las modificaciones, prórrogas, variaciones de plazos o de precio, importe final y extinción de dichos contratos.
Esta oficina tendrá como tareas primordiales la de llevar a cabo un control estadístico de los contratos celebrados por la administración pública, recopilar la información de otros órganos de la Administración General del Estado, con competencias en materia de contratos para tener una base de datos única del Estado; y en sus estructura funcionaria constará de tres unidades: la de coordinación administrativa, la unidad de evaluación de conformidad y seguimiento de contratos y la unidad de registro, archivo y base de datos.
Para el Registro de Contratos arriba mencionado se aplicará una tarifa del 0,5% sobre el valor del contrato en concepto de derecho de registro.
Para registrar contratos:
- El operador económico se dirigirá a la Oficina Nacional de Registro de Contratos provisto de la siguiente documentación:
- Copia del contrato debidamente firmado.
- Número de Identificación Fiscal.
- Copia del Documento de Identificación Personal o Pasaporte del solicitante.
En la Oficina Nacional de Registro de Contratos se le facilitará el formulario de solicitud donde especificará además el nombre del Director General o Representante Legal de la empresa, la sede social y sus datos de contacto.
Con la información arriba mencionada, la Coordinación Administrativa procederá a verificar que la solicitud de inscripción está conforme, tras lo cual, expedirá una nota de ingreso para el pago de la tarifa en la cuenta habilitada a tal efecto por la Tesorería
El operador económico deberá presentar la confirmación de pago ante la Oficina Nacional de Registro de Contratos para la expedición del correspondiente Certificado de Registro.
La ubicación de la Oficina Nacional de Registro de Contratos, está en el antiguo edificio de Economía y Planificación, actual Edificio del Ministerio de la Función Pública y Reforma Administrativa, en frente de la sede del PDGE, cuarta planta (Dirección General de Estudios, Contratos y Mercados del Estado).
El horario de atención al público es :
HORAS | DÍAS |
9:00 horas – 16:00 horas | Lunes |
9:00 horas – 16:00 horas | Martes |
9:00 horas – 16:00 horas | Miércoles |
9:00 horas – 16:00 horas | Jueves |
9:00 horas – 16:00 horas | Viernes |