Ley del Servicio Postal Universal de la República de Guinea Ecuatorial

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Carlos Endje Ngonde, Director Ejecutivo de Correos Guinea Ecuatorial
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El Presidente de la República, , he sancionado la ley número 6/2020, de fecha 7 de diciembre, del Servicio Postal Universal de la República de , a propuesta del Gobierno y posterior aprobación por las dos Cámaras del Parlamento Nacional.

En la exposición de motivos de esta nueva Ley Postal Universal, se habla de los servicios postales como medio importante que constituyen una esencial comunicación entre las partes y un factor indispensable para el desarrollo económico, social y cultural de un Estado, y contribuyen a crear y consolidar la economía nacional.

Esta nueva ley del Servicio Postal Universal de la República de Guinea Ecuatorial contiene 10 capítulos, 55 artículos, dos disposiciones adicionales, dos disposiciones transitorias, una derogatoria y una disposición final.

Esta ley tiene como objeto la regulación del régimen de gestión y presentación de los servicios postales en Guinea Ecuatorial con sujeción a las condiciones de calidad, equidad, eficiencia, inviolabilidad y universalidad que garanticen el acceso de los ciudadanos a los servicios postales los derechos de los usuarios.

Los servicios de esta Ley Postal Universal se clasifican en servicios postales, básicos, los servicios postales suplementarios, servicio de correo expreso o los servicios financieros postales.

La presente ley entra en vigor a los 20 días después de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, y en los medios informativos oficiales

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